Decreto 2354/14
Se establece que la segunda cuota del Sueldo Anual
Complementario 2014 no incidirá en la determinación del Impuesto a las Ganancias
para los sujetos cuya remuneración bruta mensual, devengada entre los meses de
julio a diciembre del año 2014, no supere la suma de $ 35.000.
A tal efecto se incrementa la deducción especial, para dichos sujetos, hasta un
monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual
Complementario.