DAE - Información Impositiva y Laboral
Decreto 858/2016
El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 27.253, que estableció un régimen de reintegro parcial del IVA para jubilados, pensionados y beneficiarios de la asignación universal por hijo y por embarazo, que se abonen con tarjetas de débito sobre cuentas abiertas en entidades financieras para la acreditación de beneficios laborales, asistenciales o de la seguridad social.
El monto del reintegro será del 15% del monto de las compras comprendidas en el régimen, hasta un máximo de $ 300.- por mes y por beneficiario.
Por otra parte, precisa que las operaciones comprendidas en la ley sobre las cuales no se podrán establecer comisiones transaccionales, son las ventas de cosas muebles para consumo final, prestaciones de servicios de consumo masivo, realizaciones de obras o locaciones de cosas muebles, efectuadas en forma habitual por contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, que se instrumenten a través de tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios que el Poder Ejecutivo considere equivalentes.
El régimen de reintegro será de aplicación para las operaciones que se realicen desde el día de la fecha y hasta el 31/12/2017.