DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 3984 - E
La AFIP dispone modificaciones a la R.G. 2000, que regula el régimen de reintegro del IVA atribuible a operaciones de exportación.
Quienes registren deudas por obligaciones impositivas, previsionales o aduaneras, que hasta ahora debían solicitar los reintegros por el trámite sujeto a fiscalización según el Título IV de la R.G. 2000, podrán hacerlo por el régimen general del Título I. La norma comentada tendrá efectos a partir del día de su publicación, incluyendo los trámites de reintegro pendientes a esa fecha.
Por otra parte, se aclara también que los trámites de reintegro por operaciones sujetas al régimen de percepciones de la R.G. 3577, que se encuentren pendientes a la fecha, podrán tramitarse por régimen general del Título I.