DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4116-E
A través del Sistema de Cuentas Tributarias, la AFIP pondrá a disposición de las personas humanas y de las sucesiones indivisas los importes de los anticipos del Impuesto a las Ganancias a ingresar por el período fiscal 2017, calculados en función de la ganancia neta del período fiscal 2016 y aplicando los nuevos montos de deducciones y escala del impuesto establecidos por la Ley 27.346. Asimismo, se reimputarán automáticamente los saldos a favor resultantes de los anticipos ya ingresados.
Los contribuyentes cumplirán con la obligación de ingreso de los anticipos abonando los montos determinados por la AFIP en el Sistema Cuentas Tributarias sin necesidad de utilizar el régimen opcional de determinación de anticipos. No obstante, podrán utilizar igualmente dicha opción cuando estimen que la suma de los anticipos determinados superará el importe definitivo de la obligación del período fiscal 2017.