28 de marzo de 2019

Vencimientos

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Principales vencimientos del 01/04/19 al 05/04/19
CONCEPTO
01/04/19
02/04/19
03/04/19
04/04/19
05/04/19
Autónomos
Aportes Marzo
        0-1-2-3

Facturación y Registración. Modificaciones

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Resolución General (AFIP) 4444

La AFIP establece modificaciones en las normas que regulan los regímenes de facturación y registración de operaciones, entre las que destacamos las siguientes.

En las operaciones con consumidores finales no se requerirá consignar los datos del comprador cuando el monto de la operación sea inferior a $ 5.000.- cualquiera sea el medio de pago. 

Si la operación es abonada con alguno de los medios electrónicos autorizados no se requerirán los datos del comprador en operaciones por montos inferiores a $ 10.000.- 

Los montos señalados serán actualizados semestralmente a partir del 1/1/2020.

En todos los casos podrán omitirse nombre, apellido y domicilio del comprador consumidor final, consignando cuando corresponda el número de CUIT/CUIL/CDI o número de documento de identidad.

Estas modificaciones tendrán aplicación desde el 2/5/2019.

Respecto de las normas de facturación electrónica se establece que el aplicativo RECE, para las autorizaciones de emisión de comprobantes, podrá utilizarse hasta el 30/6/2019.

La obligación de emitir comprobantes electrónicos en los casos en que la facturación deba hacerse en el domicilio del cliente regirá desde el 1/4/2019 cuando se opte por el sistema Comprobantes en Línea, y desde el 1/9/2019 cuando se opte por web-service o controlador fiscal.

El requerimiento de Clave Fiscal Nivel 3 para operar los sistemas de facturación de la AFIP regirá desde el 6/5/2019.

Con respecto a Controladores Fiscales se establece que los equipos de vieja tecnología podrán ser comercializados hasta el 31/8/2019, prorrogándose la entrada en vigencia de la obligación de utilizar únicamente equipos de nueva tecnología, según un cronograma de fechas que parten desde el 1/4/2021, según el número de equipos utilizados.

22 de marzo de 2019

IVA. Modifican reglamentación

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Decreto 222/2019

El Poder Ejecutivo modificó el Decreto Reglamentario del IVA, en lo referido a las locaciones y prestaciones gravadas en el país, realizadas por sujetos residentes o domiciliados en el exterior.

Se establece que no resultarán responsables sustitutos los locatarios y/o prestatarios de tales operaciones, cuando las mismas se destinen a operaciones exentas por el punto 10 del inciso h) del artículo 7° de la ley (espectáculos de carácter teatral comprendidos en la Ley Nº 24.800).

21 de marzo de 2019

Vencimientos

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Principales vencimientos del 25/03/19 al 29/03/19
CONCEPTO
25/03/19
26/03/19
27/03/19
28/03/19
29/03/19
SICORE
1ra quincena Marzo
7-8-9        
Registro de Operaciones Inmobiliarias
Información Febrero
  Todos      

Proveedores de empresas mineras

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Resolución General (AFIP) 4442

La AFIP modifica la R.G. 3692, eliminando el Registro de Proveedores de Empresas Mineras y los regímenes de retención de IVA y Ganancias que alcanzaban a dichos sujetos.

Emergencia agropecuaria. Retenciones de Ganancias

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Resolución General (AFIP) 4441

La AFIP establece que los contribuyentes declarados en estado de emergencia quedarán exceptuados de los regímenes de retención del Impuesto a las Ganancias establecidos por la R.G. 830 y la R.G. 4325.

Respecto del régimen general de retenciones de la R.G. 830, la excepción alcanza a la enajenación de hacienda, cereales, oleaginosas, frutas y demás productos de la tierra, excepto explotaciones forestales, todo de su propia producción.

En el régimen de retención de la R.G. 4325 quedarán exceptuadas de retención las ventas de granos y semillas en proceso de certificación - cereales y oleaginosas- y legumbres secas.

Los agentes de retención deberán verificar los datos identificatorios del sujeto pasible de retención, y la vigencia de la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario, a través de la consulta “Constancia de Inscripción” del sitio “web” de la AFIP. Además, para la excepción de las retenciones de la R.G. 4325, deberá verificarse que se encuentre activo en el SISA en la categoría "Productor".

La norma comentada regirá a partir del 12 de abril.

20 de marzo de 2019

Contribuciones Patronales. Mínimo no imponible

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Resolución General (AFIP) 4440

La AFIP introdujo en sus sistemas las adecuaciones necesarias para la aplicación del beneficio previsto por el Decreto 128/19.

Por dicho Decreto el Poder Ejecutivo dispuso que los empleadores de ciertas actividades primarias e industriales podrán detraer el total del mínimo no imponible establecido por el Art. 4 del Dto. 814/01 para la determinación de las contribuciones patronales, a partir del devengado marzo 2019.

Los empleadores que al 31/12/2018 tuvieran declarada como actividad principal alguna de las comprendidas en el Anexo del Decreto 128/19,  serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “422 - BENEFICIO DECRETO 128/19 - SECTOR PRIMARIO AGRÍCOLA E INDUSTRIAL”.

A su vez, en el sistema “Declaración en línea” y en una nueva release del aplicativo SICOSS se incorporan los códigos de actividad a declarar para la aplicación del beneficio en la determinación de las bases imponibles.

15 de marzo de 2019

Vencimientos

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Principales vencimientos del 18/03/19 al 22/03/19
CONCEPTO
18/03/19
19/03/19
20/03/19
21/03/19
22/03/19
IVA
D.J. Febrero
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
Información Compras y Ventas
D.J. Febrero
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
Monotributo
Pago Marzo
    Todos    
SICORE
1ra quincena Marzo
      0-1-2-3 4-5-6
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Febrero
3-4-5 6-7 8-9    

Renta Financiera. Régimen de información

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Resolución General (AFIP) 4438

La AFIP prorroga al 1 de abril de 2019 el cumplimiento del régimen de información a cargo de las entidades financieras respecto de las operaciones efectuadas por sus clientes, durante el año calendario 2018, que puedan estar alcanzados por el primer artículo sin número incorporado a continuación del Artículo 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias

Ganancias. Fuentes renovables de energía

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Resolución General (AFIP) 4437

La AFIP reglamenta los requisitos para las solicitudes de aplicación del beneficio de amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias para los proyectos de inversión relacionados con el régimen de fomento de las energías renovables.

Bienes de Capital. Prórroga

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Decreto 196/2019

El Poder Ejecutivo prorroga hasta el 31/12/2019 la vigencia del Régimen de Incentivo para los fabricantes de los bienes establecido por el Dto. 379/2001.

12 de marzo de 2019

Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs. Cronograma

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Resolución (SSP) 5/19

La Secretaría de Simplificación Productiva estableció un nuevo cronograma de aplicación del régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs, en reemplazo del que había establecido el Art. 2 de la Resolución 209/18 del Ministerio de Producción y Trabajo.

En el Anexo de la norma se detallan las actividades que estarán alcanzadas por el régimen y la fecha de aplicación para cada una de ellas.

Recordamos que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que que desarrollen como actividad principal alguna de las comprendidas en el Anexo, estarán obligadas a emitir Factura de Crédito Electrónica a Empresas Grandes.

En el primer año desde que resulte de aplicación del régimen ara cada caso, sólo estarán alcanzados los comprobantes que se emitan por un monto total igual o superior a $ 50.000.-

Por otra parte, hasta el 30 de abril de 2019 el régimen será aplicable sólo a la actividad autopartista por operaciones de monto igual o superior a $ 9.000.000.-

7 de marzo de 2019

Vencimientos

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Principales vencimientos del 11/03/19 al 15/03/19
CONCEPTO
11/03/19
12/03/19
13/03/19
14/03/19
15/03/19
SICORE
D.J. Febrero
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Octubre/18
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Empleadores
D.J. Febrero
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Ganancias
D.J. Ejercicios Octubre/18
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Octubre/18
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
Ganancias, Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
Anticipos
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Febrero
        0-1-2

6 de marzo de 2019

Asignaciones familiares

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Resolución (ANSES) 75/19

La ANSES establece los rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales contempladas en la Ley N° 24.714 con aplicación a partir de marzo de 2019.

Aportes y contribuciones. Base imponible

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Resolución (ANSES) 74/19

La ANSES establece las bases imponibles mínima y máxima para el cálculo de aportes y
contribuciones (artículo 9° de la Ley No 24.241) de aplicación a partir del período devengado marzo de 2019, las que quedan fijadas en $ 3.621,04 y $ 117.682,47 respectivamente.

Impuesto sobre los Combustibles

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Decreto 169/19

El Poder Ejecutivo establece el cronograma de aplicación de los incrementos de los montos fijos del impuesto sobre los combustibles líquidos para el mes de marzo y a partir del 1 de abril.

1 de marzo de 2019

Monotributo. Régimen especial

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Resolución General (AFIP) 4435

La AFIP dispone los requisitos, formalidades y demás condiciones para la puesta en marcha del Régimen Simplificado Especial para pequeños productores agropecuarios, establecido por la ley 27.470.

Quedan alcanzados por el régimen los pequeños productores que desarrollen exclusivamente actividades primarias y que al menos el 80% de sus ingresos totales provengan de la producción de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y/o té.

Los sujetos que adhieran al régimen estarán exentos del impuesto integrado y abonarán el 50% de los aportes con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Sistema Nacional del Seguro de Salud y, de corresponder al Régimen Nacional de Obras Sociales por los integrantes del grupo familiar primario incorporados en calidad de adherentes.

Los sujetos que efectúen la adquisición de los productos agrícolas a los pequeños productores  actuarán como agentes de retención, debiendo retener un 5% del importe de cada pago, que se imputará para la cancelación de las cotizaciones correspondientes. De resultar insuficientes las retenciones sufridas, el productor deberá ingresar las diferencias hasta el día 20 de enero del año siguiente.

Obligaciones en discusión. Facilidades de pago

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Resolución General (AFIP) 4434

La AFIP establece un plan de facilidades de pago para obligaciones impositivas que se encuentren en discusión ante el Tribunal Fiscal de la Nación, sin que implique reducción de intereses ni sanciones.

Será condición necesaria para adherir al régimen allanarse a la pretensión fiscal y asumir el pago de las costas y gastos causídicos.

Se podrá optar por este régimen de facilidades hasta el día 30 de junio de 2019.