DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4479
La AFIP modifica la R.G. 4057, en la que se estableció el régimen de facilidades de pago para los saldos resultantes de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales, incorporando en el régimen el impuesto cedular previsto en los artículos primero, cuarto y quinto, incorporados a continuación del Artículo 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Por otra parte, se establece una tasa de financiación preferencial del 2.5% mensual para quienes presenten las declaraciones juradas hasta el 31/5/2019 y adhieran al plan de facilidades durante el mes de junio.