DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4558
La AFIP emitió la "release" 7 de la versión 41 del aplicativo SICOSS, que contempla el beneficio previsto por el Art. 4° del Dto. 561/19. Las mismas funcionalidades son receptadas también por el sistema "Declaración en Línea".
Recordamos que el citado Decreto estableció que Estado Nacional se hará cargo de los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2019, hasta la suma de $ 2.000.- mensuales. El beneficio alcanza a los trabajadores cuya remuneración imponible no supere los $ 60.000.- en cada uno de esos períodos.
En el campo "Ajuste Aporte Decreto 561/2019" del sistema deberá consignarse el aporte personal a reintegrar, hasta el tope de $ 2.000.-
Los trabajadores que se desempeñen en relación de dependencia con más de un empleador gozarán del beneficio siempre que la sumatoria de las remuneraciones imponibles no supere el límite de $ 60.000.- mensuales. En estos casos el trabajador deberá informar mediante nota a cada uno de los empleadores la porción del beneficio que corresponde aplicar a cada uno de ellos en función a su remuneración imponible, de modo que el beneficio total no supere la suma de $ 2.000.- mensuales.