DAE - Información Impositiva y Laboral
Decreto 603/19
Se amplían los alcances del Decreto 567/19, por el que se estableció la "alícuota cero" en el IVA para las ventas a consumidores finales de determinados productos de la canasta alimentaria.
Por este nuevo decreto se extiende la aplicación de la "alícuota cero" a las ventas de esos mismos productos efectuadas a monotributistas y a responsables inscriptos cuyas ventas totales anuales no superen los montos establecidos por la SEPYME para la categoría Microempresas, y que desarrollen las actividades de ventas minoristas detalladas en el Anexo.
En el caso de las Microempresas, deberán encontrarse caracterizados como "Micro Empresa" o "Potencial Micro Empresa" y acceder al servicio "Sistema Registral", menú "Registros Especiales", opción "Características y Registros Especiales" y seleccionar la caracterización "438 - Beneficio Decreto 567/19 - IVA Tasa 0", a fin de que la caracterización de refleje en la constancia de inscripción.