DAE - Información Impositiva y Laboral
Decreto 300/2020
Se establece un tratamiento diferencial por el plazo de 90 días a los empleadores de las actividades relacionadas con la salud, en lo que respecta a las contribuciones patronales y al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias.
Por el plazo indicado se dispone una reducción del 95% de la alícuota prevista en el artículo 19 de la Ley N° 27.541, que se destine al Sistema Integrado Previsional Argentino; y las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias serán del 2,50‰ y del 5‰.