DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4700
La AFIP extiende el plazo para comunicar la reorganización de empresas por 90 días corridos que se sumarán al plazo de 180 días establecido en el artículo 4° de la R.G.2513.
La norma será de aplicación para las reorganizaciones en las que el vencimiento del plazo establecido en el artículo 4 de la R.G. 2513 hubiere operado y opere a partir del 20 de marzo de 2020, inclusive.