DAE - Información Impositiva y Laboral
Decreto 487/2020
Se prorroga por 60 días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 329/20, la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, así como la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo excepto las efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la LCT.