DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4802
La AFIP extendió hasta el 30 de septiembre de 2020 las condiciones especiales previstas en el régimen de facilidades de pago permanente respecto de la cantidad de planes admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés, dispuestas en el marco de las medidas adoptadas para morigerar los efectos económicos de la pandemia.
También extendió hasta el 30 de septiembre de 2020 el plazo para adherir al régimen de facilidades de pago de la R.G. 4718 para obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago que hayan caducado.