DAE - Información Impositiva On-Line
Se publica en la fecha la Ley que establece un aporte extraordinario que recaerá sobre las personas humanas según sus bienes existentes a la fecha de entrada en vigencia de la ley.Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país estaarán alcanzadas por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior, comprendidos y valuados de acuerdo a los términos establecidos en Impuesto sobre los Bienes Personales, independientemente del tratamiento que revistan frente a ese gravamen y sin deducción de mínimo no imponible alguno. Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el exterior tributarán por sus bienes en el país.
Estarán exentas las personas cuando el valor de la totalidad de sus bienes no exceda de los $ 200.000.000. Cuando se supere la mencionada cifra, quedará alcanzada por la totalidad de los bienes.
El aporte se calculará con un esquema de alícuotas progresivas, diferenciando los bienes en el país y en el exterior.