16 de marzo de 2021

Plazo especial por incendios

DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 4947

La AFIP establece un plazo especial para la presentación y/o  de las obligaciones impositivas y de la seguridad social para quienes desarrollen su actividad principal en las zonas afectadas por los incendios forestales.
Las zonas comprendidas en la medida se indicarán el micrositio "Emergencia - Incendios Forestales" (www.afip.gob.ar/emergencia-incendios-forestales/).
Las obligaciones con vencimientos originales en los meses de marzo, abril, mayo y junio, se considerarán cumplidas en término hasta el 21 de julio, 23 de agosto, 21 de septiembre y 21 de octubre, respectivamente.
Se excluyen las cuotas de los planes de facilidades de pago vigentes y las retenciones y/o percepciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.

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