DAE - Información Impositiva On-Line
Modifican el Decreto 380/2001, reglamentario del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, establecido por la Ley 25413.
Se establece que estará gravada por el impuesto la operatoria de cursada a través de las cuentas de pago administradas por los Proveedores de Servicios de Pago (PSP). De tal manera queda asimilado el tratamiento de esta operatoria al que se aplica al sistema bancario tradicional.
Se exime a las personas humanas que utilicen cuentas de pago, quedando alcanzadas las personas jurídicas que realicen operaciones en cuentas de pago, debiendo actuar como agente de retención y liquidación los PSP o las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros.
Las disposiciones comentadas surtirán efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1 de agosto de 2021.