DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP dispone, excepcionalmente para el año 2021, que el beneficio de reintegro de un importe equivalente al impuesto integrado mensual, previsto para quienes adhieran al débito automático, se aplicará a quienes hayan abonado de esa forma al menos 9 períodos mensuales, y la totalidad de los restantes períodos se hubieran cancelado por reimputación de saldos a favor o por cualquiera de las modalidades de pago previstas.