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Resolución 27/2022
El Ministerio de Trabajo determinó las pautas a aplicar en las relaciones laborales con relación a los trabajadores afectados por Covid o que hayan sido contacto estrecho, de acuerdo a las recomendaciones del Ministerio de Salud.
Quienes tengan diagnóstico de COVID-19 que no hayan requerido internación podrán reincorporarse a sus actividades en las siguientes circunstancias:
1. Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto a los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o de la fecha del diagnóstico;
2. Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo), a los 7 días desde la fecha de inicio de síntomas o del diagnóstico.
En estos casos no será necesario presentar resultado de test negativo ni certificado de alta. Los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la APP Mi Argentina.
Los contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto podrán regresar a sus actividades laborales a los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado.
En tanto los contactos estrechos con esquema de vacunación completo pueden volver a sus actividades laborales siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.
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