DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP extendió hasta el 30 de noviembre las condiciones especiales para acceder al miniplan de facilidades de pago de Ganancias y/o Bienes Personales, establecido por la R.G. 4057, en las condiciones especiales previstas por la R.G. 4959, consistentes en un un plan de 25% de anticipo más tres cuotas y la no consideraciòn del perfil de riesgo (excepto categorìa E).
También extendió hasta el 30 de noviembre las condiciones más favorables en cuanto a cantidad de cuotas y tasa de interés en el régimen de facilidades de pago permanente establecido por la R.G. 4268.
Por otra parte, se formulan adecuaciones al procedimiento para rehabilitar cuotas impagas mediante VEP, y se establece que cuando las cuotas de los planes de facilidades de pago sean de $100.000.000 o más, los pagos deberán hacerse por VEP.