DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP reemplazó la R.G. 2955, sobre el régimen especial de ingreso del IVA en operaciones realizadas a través de plataformas digitales.
Entre las modificaciones a destacar, se eleva a $ 200.000.- el monto mensual de operaciones a partir del cual los sujetos que las realicen serán pasibles de las percepciones. También quedarán comprendidos quienes realicen en cuatro meses consecutivos cuatro o más operaciones mensuales y el total de las operaciones realizadas en los cuatro meses alcance los $ 200.000.- Se excluyen las ventas de cosas muebles usadas que se declaren de uso o consumo personal, siempre que no alcancen la suma de $ 400.000.- en el período de cuatro meses.
Los agentes deberán consultar las alícuotas a aplicar a cada contribuyente, según su condición fiscal y estado de cumplimiento, según se establece en los anexos III y IV de la resolución.
Las modificaciones de esta resolución entrarán en vigencia desde el 1 de abril de 2023.