DAE - Información Impositiva On-Line
Se establece la exención en el Impuesto a las ganancias para las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados.
La exención tendrá efectos para las remuneraciones que se devenguen a partir del 1° de junio de 2023.