24 de julio de 2024

Medidas fiscales. Monotributo. Reglamentación

DAE - Información Impositiva On-Line

Decreto 661/2024

Modifican el Decreto 1/2010, Reglamentario del Monotributo, para receptar los cambios introducidos por las leyes 27.742 y 27743.

Entre otras cuestiones, se precisa que en el caso de los alquileres, todos los inmuebles que mantenga en locación el monotributista se consideran una única unidad de explotación, siempre que estén debidamente registrados en las condiciones dispuestas por AFIP. Igualmente, quienes adhieran al Monotributo únicamente por su actividad de locación de no más de dos inmuebles, estarán exentos del impuesto integrado, siempre que los contratos se encuentren registrados.

Se recepta en el reglamento el cambio en el procedimiento de actualización de parámetros y cuotas, que se hará desde el 1/1/2025 por el IPC en los meses de enero y julio de cada año.

Los sujetos que fueron excluidos del Monotributo, o que renunciaron voluntariamente al mismo, en el período que va del 1/1/2024 al 31/7/2024, podrán volver a adherirse al régimen sin tener que esperar los plazos previstos en la ley para el reingreso.

Respecto de la figura del trabajador independiente con colaboradores, introducida por la Ley Bases, se establece que el aporte único mensual de los trabajadores colaboradores se cumplirá con el ingreso de las cotizaciones previsionales previstas para el monotributo, a cuyo efecto los trabajadores adherirán en forma individual al Monotributo. El Ministerio de Capital Humano deberá reglamentar el régimen de Riesgo de Trabajo previsto para estos casos.

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