DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP modificó la R.G. 5548, referida al vencimiento de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto sobre los Bienes Personales y el impuesto cedular.
Se confirman las fechas de septiembre (18, 19 y 20 para la presentación de las declaraciones juradas; y 19, 20 y 23 para el pago del saldo), aunque el nuevo texto les da carácter de vencimiento general del período fiscal 2023.
Con este cambio queda de hecho prorrogado el vencimiento para la manifestación de adhesión y el ingreso del pago inicial del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales ("REIBP"), a los días 19, 20 y 23 de septiembre.
Se mantienen las fechas 26, 27 y 28 de agosto para el ingreso del anticipo especial de Ganancias y Bienes Personales (40% sobre la base de cálculo de los anticipos) y la fecha del 30 de septiembre para la declaración jurada y pago del saldo del REIBP.