30 de septiembre de 2024

Regularización de activos. Prórroga

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Decreto 864/2024

El Poder Ejecutivo prorrogó las fechas para adherir al Régimen de Regularización de Activos.

Las nuevas fechas para la adhesión y pago adelantado son las siguientes:
Etapa 1: Desde el 1° de octubre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024
Etapa 2: Desde el 1° de noviembre hasta el 31 de enero de 2025
Etapa 3: Desde el 1° de febrero de 2025 hasta el 30 de abril de 2025

Las fechas para la presentación de la Declaración Jurada y pago del impuesto de regularización:
Etapa 1: 30 de noviembre de 2024
Etapa 2: 28 de febrero de 2025
Etapa 3: 30 de mayo de 2025

Para la regularización de efectivo podrán hacerse los depósitos hasta el 31 de octubre y tendrán disponibilidad a partir del 1 de noviembre.

No obstante, el dinero regularizado hasta el 30 de septiembre podrá retirarse desde el 1 de octubre, pero a partir del momento en que se retire cualquier monto en efectivo no podrán regularizarse montos adicionales.

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27 de septiembre de 2024

Régimen de Promoción del Empleo Registrado. Reglamentación

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Resolución General 5577

La AFIP reglamentó los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán observar los empleadores para solicitar la adhesión al Régimen de Promoción del Empleo Registrado (Ley 27.742 y Dto. 847/2024).

El régimen permite la regularización de las relaciones laborales  iniciadas con anterioridad al 5 de julio de 2024 y vigentes a la fecha de adhesión.

La regularización podrá efectuarse hasta el 24 de diciembre de 2024.

Con la regularización quedarán condonados parcialmente los aportes y contribuciones a los siguientes subsistemas de la seguridad social:
- Sistema Integrado Previsional Argentino
- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
- Régimen Nacional de Obras Sociales
- Fondo Nacional de Empleo
- Régimen Nacional de Asignaciones Familiares

La condonación de estos rubros alcanzará los siguientes porcentajes:
- Entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas: 90%
- Medianas empresas: 80%
- Demás empleadores: 70%

Quedarán donados el 100% de los aportes y contribuciones a los subsistemas:
- Sistema Nacional del seguro de Salud
- Ley de Riesgos del Trabajo

Para regularizar las relaciones laborales los empleadores deberán dar de alta a los trabajadores, o rectificar la fecha de inicio de la relación, en el servicio "Simplificación Registral", con los "Códigos de Modalidades de Contratación" que se detallan en el Anexo de la resolución.

Deberán presentar declaraciones juradas originales o rectificativas de los períodos julio 2024 y anteriores.

Las deudas que resulten de dichas declaraciones juradas podrán cancelarse al contado con una reducción del 50%, o con un plan de facilidades con los siguientes plazos:
- Entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas: hasta 28 cuotas
- Medianas empresas: hasta 16 cuotas
- Resto de los empleadores: hasta 12 cuotas

Por otra parte, deberán incorporarse a los trabajadores regularizados y/o las reales remuneraciones en las declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes los períodos agosto de 2024 y siguientes.

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26 de septiembre de 2024

Modernización Laboral. Reglamentación

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Decreto 847/2024

El Poder Ejecutivo reglamentó las reformas laborales contenidas en la Ley 27.742.

Promoción del Empleo Registrado

En Anexo I del decreto se reglamenta el Título VI de la Ley por el cual podrán regularizarse las relaciones laborales del sector privado no registradas o deficientemente registradas.

Podrán regularizarse las relaciones laborales iniciadas antes de la fecha de promulgación de la Ley 27.742 y vigentes al momento de la adhesión a este régimen, por las obligaciones devengadas hasta el 31 de julio de 2024.

La regularización comprenderá la condonación de los aportes y contribuciones en los siguientes porcentajes:
- Micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro: 90%
- Medianas empresas: 80%
- Grandes empresas: 70%

La condonación será del 100% en los aportes y contribuciones con destino al Régimen del Sistema Nacional del Seguro de Salud -Ley N° 23.661- y las cuotas destinadas al Régimen de Riesgos del Trabajo -Ley N° 24.557-.

La deuda no condonada podrá cancelarse al contado con una reducción del 50%, o con el plan de facilidades de pago que establezca la AFIP.

Modernización Laboral

En el Anexo II del Decreto se reglamenta el Título V de la Ley 27.742, Modernización Laboral.

Se formulan precisiones sobre el alcance y condiciones que debe cumplir el Sistema de Cese Laboral como régimen alternativo para sustituir la indemnización por antigüedad prevista en el Art. 245 de la LCT y cualquier otro rubro indemnizatorio que tome como parámetro dicha indemnización.

Se destaca el carácter voluntario del sistema, que podrá acordarse en el marco de las convenciones colectivas de trabajo, previendo incluso que al inicio de la relación laboral el empleador y el trabajador deberán acordar si se rigen por algún sistema de cese laboral previsto en el convenio colectivo, o por el régimen indemnizatorio de la LCT.

El sistema de cese laboral deberá especificar su funcionamiento en cada uno de los distintos casos de extinción de la relación laboral, como despido con justa causa, sin justa causa, mutuo acuerdo, fallecimiento, etc.

Se prevén distintas formas de constitución del sistema de cese laboral: sistema de cancelación individual del empleador al trabajador; sistema de fondo individual o colectivo administrado a través de cuentas bancarias, fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros; o sistema de seguro individual o colectivo con las aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros.

Independientemente de la existencia o no de un sistema de cese laboral, el empleador podrá optar por contratar individualmente un seguro para cubrir el monto de la indemnización que deba abonar dentro del supuesto de la LCT.

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24 de septiembre de 2024

Regularización de activos. Obligaciones en curso de discusión

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Resolución General 5573

La AFIP modificó la R.G. 5528, reglamentaria del régimen de regularización de activos, para establecer el procedimiento que deben observar los sujetos que adhieran al Régimen a los fines de gozar de los beneficios de régimen respecto de las obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial.

También se dispone que la traducción al idioma nacional de las constancias y/o documentación respaldatoria de la titularidad y valuación de los bienes del exterior deberá conservarse y ponerse a disposición del Organismo, en caso que así lo requiera.

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Certificados de residencia fiscal

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Resolución General 5572

La AFIP estableció los requisitos, plazos, formalidades y condiciones para la tramitación de las solicitudes de certificados de residencia fiscal.

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23 de septiembre de 2024

Aportes y contribuciones. Bases imponibles

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Resolución 798/2024

La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley 24.241, en la suma de $ 82.287,12 y $ 2.674.292,72, respectivamente, a partir del período devengado OCTUBRE de 2024.

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17 de septiembre de 2024

REIBP. Reglamentación. Modificaciones

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Resolución General 5570

La AFIP modifica la R.G. 5544, por la que se regularon los requisitos, formas y condiciones que para ejercer la opción de adhesión al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), a los efectos de adecuar su texto en función de las modificaciones introducidas a la reglamentación del régimen por el Decreto 773/2024.

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Emisión de comprobantes. Modificaciones

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Resolución General 5569

La AFIP modificó los requisitos patrimoniales a cumplimentar para solicitar por primera vez la emisión de comprobantes clase "A" según lo previsto por la R.G. 1575.

Se adecúan las exigencias dispuestas por la citada resolución, en los casos en que no corresponda presentar declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales por haber adherido al REIBP, y contemplando también la actualización que tuvo el mínimo no imponible del impuesto.

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Servicio "Mi Liquidación Digital"

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Resolución General 5565

La AFIP implementó en la aplicación móvil "Mi AFIP", el servicio "Mi Liquidación Digital", donde los trabajadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) podrán consultar la liquidación de haberes realizada por su empleador en el "Libro de Sueldos Digital".

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16 de septiembre de 2024

Regularización de Activos. Transferencia desde el exterior

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Resolución General 5567

La AFIP modifica la R.G. 5528, que regula la adhesión al régimen de regularización de activos establecido por la Ley 27.743, introduciendo la posibilidad de ingresar el impuesto especial desde el exterior mediante Transferencia Bancaria Internacional.

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Bienes Personales. Contribuyentes cumplidores

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Resolución General 5563

La AFIP modificó la R.G. 5535, por la que se establecen los requisitos para gozar de los beneficios previstos por la Ley 27.743 y el Decreto 608/24 y su modificatorio, para los contribuyentes que hubieran cumplido con la totalidad de sus obligaciones fiscales del Impuesto sobre los Bienes Personales 2020, 2021 y 2022, consistente en la reducción de la alícuota para los períodos 2023, 2024 y 2025.

Entre otras modificaciones, se elimina el límite temporal del 31/12/2023 respecto de la cancelación de los períodos 2020, 2021 y 2022 y se establece que el plazo para adherir al beneficio por el período 2023 vencerá el 31/10/2024. 

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10 de septiembre de 2024

Regularización de Activos. Precisiones

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Resolución General 5561

La AFIP formula más precisiones sobre el Régimen de Regularización de Activos, en esta oportunidad, respecto de la regularización de mejoras sobre inmuebles.

También aclara sobre los efectos de la regularización en el caso de sujetos adheridos al Monotributo.

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9 de septiembre de 2024

AFIP. Servicio Telegramas Laborales

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Resolución General 5560

La AFIP derogó la R.G. 4747, que establecía el servicio informático "Telegramas Laborales" en su sitio web, destinado a que el trabajador o la asociación sindical que lo represente remita a la AFIP copia de las intimaciones enviadas al empleador a fin de que regularice la relación laboral.

Atento a las disposiciones de la Ley 27.742, se deroga la citada R.G. 4747, manteniendo el servicio web "Telegramas Laborales" sólo a los efectos de la consulta de los datos históricos.

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2 de septiembre de 2024

SICOSS. Nueva versión

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Resolución General 5556

La AFIP emitió la versión 47 del aplicativo SICOSS para la determinación de los aportes y contribuciones a la seguridad social, con el fin de incorporar en forma automática el importe fijo correspondiente al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), a partir del período devengado agosto 2024. Las modificaciones serán receptadas también en el sistema "Declaración en línea".

En el campo "importe fijo contractual" del aplicativo SICOSS, el empleador deberá indicar el monto fijo determinado por contrato en caso de corresponder. Si el contrato vigente no define para el empleador un importe fijo, deberá informar el campo con importe "0 (cero)". Quienes determinen por "Declaración en Lìnea" o Libro de Sueldos Digital" deberán hacer lo propio en el módulo "para actualizar sus datos de empleador".

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Reducen Impuesto PAIS

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Decreto 777/2024

Se reduce del 17.5% al 7.5% la alícuota del Impuesto "PAIS" establecida por los incisos d) y e) del Art. 13-bis del Decreto 99/2019 para la importación de determinados bienes y la adquisición de servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de comercio exterior.

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