DAE - Información Impositiva On-Line
El Poder Ejecutivo estableció que los aportes, contribuciones y otras cargas con destino a cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores sólo podrán imponerse a los asociados o afiliados a dichas entidades.
Los no asociados o afiliados podrán aceptar las cargas voluntariamente, y podrán revocarlas en cualquier momento mediante comunicación fehaciente a la entidad correspondiente.
La norma entrará en vigencia a los 90 días corridos contados a partir de la fecha.